Bienes Raices

Firmemos ¿Qué tipo de contrato utilizamos?


2018-04-04

Firmemos ¿Qué tipo de contrato utilizamos?

“Las palabras se las lleva el viento” reza el dicho.

Ese momento en que nuestro cliente decide que ha  encontrado la propiedad de sus sueños y nos pregunta: ¿Qué hacemos, cuál es el próximo paso? es allí donde dependiendo el tipo de inmueble que desea adquirir, un asesor inmobiliario debe saber cómo aconsejarle para asegurar la compra, es decir ralizar la reserva o separación.

Si estás comprando un vehículo y encuentras el modelo de tu preferencia,  que otra persona lo compre primero que tú, no es el gran problema quizás, porque puedes repetir la fórmula de marca, color, precio parecido, etc; pero el inmueble en la misma ubicación, la misma distribución, precio y otras condiciones difícilmente se repita. Aquí entra la Reserva ó Separación. Como dice mi madre: “Dinero en mano, aquello en tierra”. Este documento calma las aguas y permite que se concreticen pasos necesarios para la compra del inmueble, al final de cuentas no es un refresco lo que se está comprando.

En ocasiones una Carta de Intención, también es válida en esta etapa: como su nombre lo indica, se demuestra una intención de parte de Los Vendedores a  Los Compradores en el precio acordado.

Luego procede el Contrato Opción de Compra, los deberes y derechos de Las Partes están detallados de una manera explícita, lo que garantiza o ayuda a que Las Partes contratantes puedan llevar la negociación a cabo con claridad. Temas fundamentales en este tipo de contratos: Los montos y fechas de pago de Los Compradores; fecha de entrega del inmueble de parte de Los Vendedores, ya sea un proyecto en construcción o el tema de la mudanza de los propietarios; descripción del inmueble por igual; las penalidades que existen en caso de que Las Partes no cumplan con lo acordado serán identificadas en este Contrato, entre otros detalles. Este es el tipo de contrato que por lo general exige la institución financiera a la hora de que el cliente decide tomar un préstamo hipotecario.

A continuación el Contrato Definitivo de Venta, aquí es donde termina el negocio por lo general, cuando se firma para el préstamo hipotecario en la institución financiera escogida  en esta etapa de la compra. También se le llama Contrato Tripartito cuando es para el financiamiento hipotecario, ya que involucra a la Institución Financiera, Compradores y Vendedores. Cuando un cliente comprador adquiere los derechos de otro cliente comprador previo en un proyecto en construcción, también se usa el Contrato Tripartito entre Constructora, Comprador previo y nuevo Comprador. Para casos como ese a veces se usa una Cesión de Derechos.

No soy abogado y en cada una de esas etapas procuramos que nuestros clientes vayan de la mano con un profesional de las leyes, para esto Plusval Realty Group cuenta con el personal adecuado si así lo requiere el cliente, obvio que también el cliente puede y hasta debe consultar a su abogado personal para que le revise toda la documentación. Al final solo deseamos que los acuerdos queden claros y explícitos en el contrato.

 

Hugo Espinal

809-916-0393